El molesto olor de la basura acumulada en la fachada del Ayuntamiento, así como la imagen del municipio y de sus vecinos que proyecta la campaña municipal denomina «Basuraalcubo»; genera malestar entre vecinos, y al parecer, incumple las normas.
A estas alturas, la propensión del Equipo de Gobierno de Vecinos por Torrelodones a lanzar sonoras campañas de comunicación, es conocida por casi todos. Sus responsables saben bien qué es lo que puede llamar la atención de los medios ávidos de noticias disparatadas; y para su finalidad, no reparan en gastos, ni se amilanan por cuestiones relativamente irrelevantes; como algunas normas legales, o la susceptibilidad de los vecinos.
Quien más, quien menos, tiene presente la campaña «para fomentar el comercio local» que incluyó envolver de rojo la Atalaya de Torrelodones, a un coste cuya cifra final desconocemos con exactitud, y cuya contribución al comercio local tampoco se conoce. En aquella oportunidad, no tuvieron reparo en agujerear el BIC de origen andalusí para fijar la lona que lo recubría; y la acción no resultó del agrado de muchos vecinos, ni de la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.
No fue esa la única campaña que hirió la susceptibilidad de los vecinos de Torrelodones. Otras costosas campañas con la intención de «inculcar valores cívicos» como la de la «caca gigante» o la de los «Zampabolsas», la de los perros educando a sus humanos, o la de «El Guarro del Barrio»; ofendieron a muchos ciudadanos.
Esta última campaña, denominada «Basuraalcubo» y cuyo coste desconocemos, también tiene la intención de educar a los torresanos. A muchos les ha molestado, como lo reflejan los comentarios en las redes.
A raíz de la noticia de La Sexta sobre la campaña, Lucia L. expresaba en Facebook: «A costa de sus propios vecinos se hacen publicidad? O sea que aparte de guarros somos imbéciles. Qué tipo de gobierno insulta así a sus votantes?».
En el mismo hilo Francisco M. opinaba en el mismo sentido: «Publicidad a toda costa!! Lástima que ya nos conozcan como el pueblo de los guarros e incívicos en vez que por su gastronomía, comercios, oferta hostelera, etc.».
En el reportaje de La Sexta, una vecina opina que le «parece fatal» cubrir de basura el Ayuntamiento; y otra considera que «esto es espantoso, y no es necesario que lo mostremos en la plaza principal del pueblo».
Para la Alcaldesa, estas opiniones de los vecinos son de un «cinismo total». «En la fachada de la alcaldía escandaliza, y viéndolo en la calle no escandaliza. Esto es un cinismo total», señala Elena Biurrun en el vídeo.
Incumplimiento de normas legales por parte del Ayuntamiento señaladas por una vecina
Una vecina que se manifiesta «preocupada por Torrelodones» y que prefiere mantenerse en el anonimato, nos hace llegar un escrito en el que muestra incumplimientos de la normativa por parte del Ayuntamiento de Torrelodones, con su última campaña publicitaria.
«Aquí están solo algunos de los artículos de la Ordenanza de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Torrelodones incumplidos por el propio Ayuntamiento en su actuación en la fachada del edificio de Alcaldía y Plaza de la Constitución», comienza diciendo al principio del torrelodones-fachada-alcaldia.
A continuación, cita textualmente algunos artículos del Título IX, referido a la «Protección del Paisaje y de la Escena Urbana», y incluyendo como prueba la fotografía de la fachada, concluye que «Queda demostrado que la acción publicitaria incumple el Art. 2. Apartados 1 y 2, de la Ordenanza de Medio ambiente referida».
Nuestra vecina continúa refiriéndose al Artículo 3: «Conservación del trazado y de la trama urbana del casco antiguo. (Art. 7.3.2.B. NNSS)»; y tras citarlo concluye que «Además de no conservar la trama urbana de la plaza de la Constitución y el edificio de Alcaldía, se ha situado dicha performance “de tan considerable mal gusto” o publicidad, ocupando el espacio destinado al acceso para personas de movilidad reducida a las dependencias municipales».
Tras reproducir el Artículo 4 «Conservación de los espacios.
(Art. 7.3.2.C. NNSS)». Expresa: «En base a lo anterior, considero que la acción efectuada por el Ayuntamiento no reúne las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público que sin embargo si exige la Ordenanza a los espacios privados y no ha velado ni vigilado el cumplimiento de estas obligaciones».
De acuerdo al trabajo realizado por esta vecina, también se están contraviniendo artículos del Capítulo IV, relativos a Publicidad. Citando el Artículo 10 «Condiciones para la publicidad. (Art. 7.3.2.G2. NNSS)», que indica que para la fijación directa de carteles sobre edificios se considerarán las siguientes restricciones: «3. Sobre los edificios, muros, vallas y cercas sometidos a un régimen específico de protección o considerados de interés, los anuncios guardarán el máximo respeto al lugar en donde se ubiquen, permitiéndose exclusivamente en planta baja…»; y «4. Para el resto de edificios se permiten también la instalación de anuncios en planta baja sobre los huecos de fachada, siempre y cuando mantengan su ritmo y con materiales».
La autora del documento considera que «Queda demostrado que la acción publicitaria incumple el Art. 10 apartados 3 y 4 de la Ordenanza de Medio ambiente referida. Como prueba gráfica incluyo el texto y las siguientes fotos, traídas de la página de Facebook del propio Ayuntamiento…».
En el extenso trabajo, se cita también el incumplimiento de artículos del TÍTULO V, referido a Normas Particulares Relativas a Residuos Sólidos Urbanos y Limpieza de la Vía Pública.
«Si los residuos procedentes de las operaciones de limpieza se tienen que depositar en cubos colectivos, ¿por qué el Ayuntamiento los ha sacado de ahí para depositarlos en la vía pública y exponerlos por el plazo de un mes en la fachada del Ayuntamiento de todos los torresanos, del edificio que representa a todos los vecinos de este pueblo? Es inconcebible que los munícipes hayan utilizado lo que representa este edificio para todos en un claro alarde de caciquismo y prepotencia política», añade.
La lista de incumplimientos que cita la vecina en su trabajo es extensa, y se pueden leer aquí.
Querer atacar una campaña publicitaria, cuyo propósito es apelar al civismo de los ciudadanos para mantener limpio el pueblo, con légalismos me parece de un ridiculo tan mayúsculo como si yo ahora recordara que no hacerlo infringe la Constitución en su artículo 20 de la sección 1 (entre otros)…..
Ya sabemos que la ley poco importa a VxT y sus palmeros
El fin justifica los medios s medios no? Triste de narices. Y peligroso