Conforme a lo dispuesto en la legislación se encuentra expuesto al público durante 15 días en la Intervención del Ayuntamiento de Torrelodones, a efectos de reclamación, el presupuesto general del Ayuntamiento de Torrelodones para el ejercicio 2014 «en su estado de ingresos y gastos, aprobado inicialmente por el Pleno, con fecha 28 de noviembre de 2013», indica el anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, publicado el 31 de diciembre 2013.
El anuncio en el BOCM confirma que el Presupuesto 2014, que fue votado en contra por la mayoría del Pleno celebrado el 22 de noviembre 2013, lo que originó que la alcaldesa planteara la Moción de Confianza vinculada a la aprobación del Presupuesto —que también fue rechazada por el Pleno del 28 de noviembre 2013—, al no haberse presentado una Moción de Censura durante el plazo de un mes que expiró el 28 de diciembre, se considera «aprobado inicialmente» por el Pleno del 28 de noviembre. El Presupuesto 2014 quedará aprobado definitivamente de no presentarse reclamaciones dentro de los 15 días a contar desde la publicación del anuncio.
«Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, y por motivos taxativamente enumerados en su apartado 2, podrán presentar reclamaciones», indica el anuncio oficial.
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¿Quién está legitimado para reclamar y por qué causas?
El Artículo 170.1 del citado Real Decreto Legislativo establece que tendrán la consideración de interesados para presentar reclamaciones:
- a) Los habitantes en el territorio de la respectiva entidad local.
- b) Los que resulten directamente afectados, aunque no habiten en el territorio de la entidad local.
- c) Los colegios oficiales, cámaras oficiales, sindicatos, asociaciones y demás entidades legalmente constituidas para velar por intereses profesionales o económicos y vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios.
Según el Artículo 170.2, únicamente podrán entablarse reclamaciones contra el presupuesto por las siguientes causas:
- a) Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites establecidos en esta ley.
- b) Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo.
- c) Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de estos respecto a las necesidades para las que esté previsto.
Aprobadas definitivamente las Ordenanzas Fiscales para 2014
También en el BOCM del 31 de diciembre de 2013, se informa de la aprobación definitiva, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, a los acuerdos provisionales de 18 de noviembre de 2013, de la modificación de las Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2014
Como puedo bajarme el texto del borrador?
Estimado Ramón:
No hemos encontrado el Presupuesto 2014 disponible para consulta on-line. Entendemos que si lo quieres ver, debes solicitarlo a la Intervención del Ayuntamiento. Más abajo te ponemos los datos de contacto.
Un cordial saludo y muy Feliz 2014,
Torrelodones.info
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