sábado, 21 diciembre 2024
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Graves irregularidades en contratos adjudicados por el Ayuntamiento de Torrelodones

Cámara de Cuentas: Informe Fiscalización del Ayuntamiento de TorrelodonesLa Cámara de Cuentas ha detectado graves irregularidades en diversos contratos adjudicados por el Ayuntamiento de Torrelodones, según se desprende del informe de fiscalización elaborado por ese organismo.

Más de cien páginas contiene el «Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Torrelodones y sus entidades dependientes» elaborado por la Cámara de Cuentas después de analizar las alegaciones presentadas por el Consistorio en su defensa.  La Cámara considera que el Ayuntamiento de Torrelodones ha vulnerado numerosos artículos de la Ley de Contrataciones del Sector Público durante el periodo fiscalizado (ejercicio 2012). Además, el organismo fiscalizador pone reparos en la Tramitación de los gastos o las Subvenciones y transferencias concedidas; y enumera las «Debilidades de control interno».

 

 

Contratación

Adjudicación «contraria a derecho»,  «fraccionamiento del objeto del contrato» o «incumplimiento de los principios de no discriminación e igualdad de trato», son algunas de las irregularidades advertidas en las contrataciones del Ayuntamiento.

La Cámara ha fiscalizado 26 expedientes por un importe de adjudicación de 3.743.525 euros. A partir de la página 71 del Informe, la Cámara de Cuentas realiza «Observaciones de carácter general» de los expedientes fiscalizados, y más adelante,  hace «Observaciones específicas» de expedientes concretos.

Entre las primeras, la Cámara advierte que «Salvo en los contratos de obras, con carácter general no se acredita la forma en que se han elaborado los presupuestos de licitación». El Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP) «obliga a unir al expediente un informe razonado del servicio que promueva la contratación, exponiendo la necesidad, características e importe calculado de las prestaciones objeto del contrato, lo que viene impuesto en virtud del cumplimiento del principio de transparencia que informa la actuación de las administraciones públicas», expresa la Cámara.

También entre las observaciones generales, encuentra que en los «criterios objetivos» de valoración de las ofertas «se incluyen expresiones del tipo «mejor calidad del servicio»», pero sin establecer la forma en que serán valorados dichos criterios lo que supone «una actuación subjetiva por parte de la administración que contradice la propia naturaleza de los criterios objetivos de adjudicación».

Entre otras observaciones, también con carácter general, se considera que en la propuesta para contratar «no hay una justificación real de la necesidad, limitándose el órgano impulsor de la contratación a solicitar la misma», lo que supone una «vulneración de los artículos 22.1 y 109.1 TRLCSP».

 

 

El controvertido contrato adjudicado a la Agencia de Comunicación debió ser nulo de pleno derecho

En su página 72, el Informe alude específicamente a la controvertida contratación de la Agencia de Publicidad y Comunicación externa. Si bien la Cámara de Cuentas realiza otras observaciones importantes a ese expedientes (como ser que no hay una justificación real de la necesidad de contratar dicho servicio o que el comité de expertos no justifica la forma en que se han valorado los criterios subjetivos); la observación más grave que realiza es que «entre las ofertas presentadas, figuraba la correspondiente a una comunidad de bienes, de la que forma parte como comunero la persona física a la que con posterioridad se le adjudicará el contrato». La Cámara indica que solo pueden contratar con el sector público personas naturales o jurídicas por lo que la oferta presentada por la comunidad de bienes debió ser excluida de la licitación por carecer del requisito esencial de la personalidad. «Por tanto, dicha comunidad de bienes debería haber sido excluida de la licitación en la primera fase de valoración de la capacidad jurídica». «La adjudicación posterior a uno de los comuneros es, por tanto, contraria a derecho, deviniendo nulos de pleno derecho el resto de las incidencias derivadas del mismo», concluye categóricamente la Cámara de Cuentas.

En aquella oportunidad, el Partido Popular presentó un Recurso de Reposición contra la adjudicación, alegando que «El acto de la Junta de Gobierno de 20 de marzo de 2012 por el que se adjudica el contrato a D. Francisco Martínez Alonso es contrario al Ordenamiento Jurídico (art. 63 Ley 30/1992) por haberse adjudicado a una persona que no ha participado en el correspondiente procedimiento de licitación y porque el Ayuntamiento debió inadmitir en todo caso la proposición presentada por Idea Hotel, CB, en la medida en que las comunidades de bienes no tienen capacidad para contratar con las Administraciones Públicas». El recurso fue desestimado por la Junta de Gobierno y el contrato fue adjudicado. Ahora, la Cámara de Cuentas otorga la razón a los populares; aunque desconocemos si esta situación tendrá consecuencias jurídicas o políticas. (Ver Nota Relacionada: El PP de Torrelodones recurre la adjudicación del Plan de Comunicación Estratégica por posibles irregularidades).

relaciones-concurso-publico-vxtEn 2014 el Ayuntamiento de Torrelodones volvió a adjudicar el contrato para acciones de publicidad y comunicación a la misma agencia, y se volvió a generar polémica; pues no solo el 90% de los criterios que se valoraron para la adjudicación eran subjetivos, sino que el Jurado Independiente encargado de valorar la parte subjetiva otorgó la máxima puntuación y por tanto se adjudicó el contrato, a la empresa que presentó la oferta económica más elevada (la misma que licitó en 2012). También se comprobó la existencia de vinculaciones laborales y de amistad entre la mayoría de los miembros de dicho Jurado, con integrantes de Vecinos por Torrelodones y con los administradores de la empresa que resultó ganadora del concurso público. (Ver Nota Relacionada: El Ayuntamiento de Torrelodones adjudica contrato de publicidad a la oferta más cara y hay polémica).

 

 

Otros expedientes de contratación objetados

Posible Fraccionamiento de contratos advertido por la Cámara de Cuentas

La Cámara de Cuentas también realiza serias objeciones a otros expedientes de contratación, como el de “Planificación, suministro, instalación y mantenimiento del servicio de televisión digital terrestre”, “Suministro y carrozado de vehículo todoterreno equipado contra incendios para Protección Civil”, “Gestión del servicio público de campamento urbano”, “Cubierta de pistas deportivas en el colegio Nuestra Sra. de Lourdes de Torrelodones”, “Sustitución del césped artificial del campo de fútbol Julián Ariza y reparación de problemas de evacuación de aguas cuando llueve”, “Implantación de un itinerario ciclista entre la Ctra. Torrelodones y la Casa de Cultura”, “Creación de un eje peatonal y ciclista entre el pueblo y los colegios I fase” o el “Seguro de responsabilidad civil”.

El Informe indica en su página 75 que «Se ha detectado una serie de fraccionamientos del objeto del contrato, vulnerando lo establecido en el artículo 86.2 del TRLCSP (“No podrá fraccionarse un contrato con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan”). Dicho fraccionamiento se ha producido en los contratos que detalla el Anexo IX, en el que se recogen los pagos detectados susceptibles de ser considerados fraccionamiento, agrupados por un único proveedor». El Anexo incluye 46 operaciones, que la Cámara agrupa en solo 4 proveedores.

 

 

¿Qué dice Vecinos por Torrelodones de todo esto?¿Qué dice Vecinos por Torrelodones de todo esto?

A pesar de las graves irregularidades supuestamente cometidas por el Ayuntamiento según el Informe de la Cámara de Cuentas, la interpretación que hace el partido político que gobierna el municipio sobre los hechos, es otra.

VxT en su blog, ha publicado la nota titulada «La cuentas claras pero… los criterios interpretativos, únicos«, en relación al Informe.

Afirman que «Siempre se ha seguido el criterio de los funcionarios públicos», y aseguran estar «absolutamente seguros de que la actuación contractual que objeta el informe es plenamente ajustada a Derecho y a la legalidad».

El problema, según VxT, parece estar en la diferencia de criterios que siguen los funcionarios habilitados del Ayuntamiento y la Cámara de Cuentas. «Sería oportuno que la Administración (que la forma tanto la Cámara de Cuentas, como los habilitados municipales) contara con un criterio interpretativo único que evitara que, en el futuro, se sigan produciendo situaciones como ésta», sugiere VxT.

No obstante, el Informe de la Cámara de Cuentas, en algunas oportunidades, recalca las advertencias de la Intervención del Ayuntamiento. Por ejemplo, se indica que «Los expedientes de reconocimiento extrajudicial de créditos incorporan reparos de la Intervención, por no seguir los gastos los trámites requeridos y esenciales para su aprobación» (página 43); o que «Dicha circunstancia ya fue puesta de manifiesto por la intervención municipal en informe de 14 de diciembre de 2011 sin que se hubiera corregido oportunamente» (página 72, en relación a un aspecto del Contrato de la Agencia de Publicidad y Comunicación).

Si estas «supuestas irregularidades» hubiesen sido cometidas por otros partidos políticos, los medios y los ciudadanos, seguramente habrían exigido responsabilidades.  Pero todos, medios de comunicación y ciudadanos de a pie, necesitan aferrarse a una esperanza. Quizás sea esa la razón por la que a pesar del lapidario Informe de la Cámara de Cuentas, aquí —en Torrelodones— no ha pasado nada.

3 COMENTARIOS

  1. Demoledor. El artículo parece ciertamente muy riguroso y explica lo que casi nadie quiere creer: los de Vecinos por Torrelodones se han emborrachado de sí mismos y cometen tropelías por doquier.
    Sigo con cierto interés todos los medios locales y se ve que la misma noticia es tratada e interpretada de forma completamente dispar. Por un lado, la Revista Municipal controlada férreamente por el Sr. Guirao, que ha demostrado su inteligencia y manejo de las artes publicitarias (las creativas y las manipuladoras), además de un maquiavelismo atroz. Le sigue con entusiasmo, aunque con muy escasa profesionalidad y notable superficialidad, VIVETORRE. Por el otro lado esta TorreInfo, que sin ánimo de hacer la pelota, es el más completo y el único que da noticias (inmediatas, en muchos casos).Con otra cualidad que agradecemos sus seguidores: la posibilidad de entrar en debate agil, aunque a menudo se llegue a las descalificaciones entre los lectores. Y para terminar está el tabloide más tradicional, La Voz de Torre y Hoyo, que aunque hace un seguimiento puntual del debate municipal, se excede en retorcer los temas para llevarlos al ataque feroz a VxT.

  2. No tanto tiempo, la nota de Vecinos en relación al Informe es de hace una semana. Seguramente mucha gente no haya tenido tiempo leer las más de 100 páginas del Informe de la Cámara de Cuentas. Para ellos, hemos hecho un resumen de lo que consideramos importante.

    El que lo quiera leer entero (el Informe), puede hacerlo. Y al que no le interese lo que se informa tras la fiscalización de las cuentas del Ayuntamiento, bien porque ya lo ha leído, o porque no le importa; pues que no lo lea.

    Un saludo, y Feliz Navidad.

    Torrelodones.info

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