Beneficios en el ámbito educativo
Así, la Comunidad de Madrid reconocerá a sus deportistas de alto rendimiento los mismos beneficios educativos y formativos establecidos por la normativa nacional. Dichos beneficios se refieren al ámbito de la enseñanza universitaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato, formación profesional, enseñanzas artísticas, enseñanzas deportivas de
régimen especial y educación de personas adultas.
Entre los beneficios que establece la normativa nacional, en el campo universitario, para las enseñanzas en general, se establece la reserva mínima del 3% de las plazas, y para las enseñanzas de Actividad Física y del Deporte, Fisioterapia y Maestro de Educación Física, además de la reserva mínima del 5% de las plazas, estos deportistas estarán exentos de
las pruebas físicas que, en su caso, se establezcan como requisito para el acceso a las enseñanzas y estudios en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
Del mismo modo, la consideración de deportista de alto rendimiento será un criterio prioritario en el proceso de admisión de alumnos en los centros públicos o concertados que impartan Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato.
En el acceso a los títulos de formación profesional de la familia de Actividades Físicas y Deportivas, quedarán exentos de la realización de la parte específica de la prueba de acceso que sustituye a los requisitos académicos.
Igualmente, en las enseñanzas deportivas de régimen especial, se considerará que estos deportistas de alto rendimiento tienen acreditadas las competencias relacionadas con los requisitos de acceso de carácter específico, en la modalidad o especialidad de que se trate.
En las enseñanzas artísticas, se establecerá una reserva mínima del 5% (en el caso de enseñanzas artísticas superiores del 3%) de las plazas ofertadas para estos deportistas, siempre que cumplan los requisitos académicos correspondientes y superen la prueba específica.
Además, para favorecer la compatibilización de los estudios con la actividad deportiva, la Administración podrá adoptar las medidas necesarias para conciliar los estudios con sus responsabilidades y actividades deportivas de los beneficiarios, entre otras medidas.
Requisitos para el deportista
Los deportistas que quieran obtener la condición de “alto rendimiento”, según el proyecto de decreto que tramita la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos: tener la nacionalidad española u ostentar la condición de residente en España; haber nacido en la Comunidad de Madrid, u ostentar la vecindad administrativa en alguno de sus municipios; tener licencia deportiva vigente expedida por una federación deportiva madrileña u homologada por una federación deportiva española; haber obtenido los resultados deportivos en representación de la Comunidad de Madrid y, en el caso de haber participado en competiciones de ámbito internacional, en representación de España.
Igualmente, deberán acreditar alguna de las siguientes circunstancias: el seguimiento de programas tutelados por la Comunidad de Madrid o por alguna federación deportiva madrileña en centros de tecnificación reconocidos por el Consejo Superior de Deportes; o acreditar el nivel deportivo (en campeonatos de España europeos o mundiales, Juegos Olímpicos o rankings nacionales o mundiales) exigido en la modalidad deportiva correspondiente en alguno de los dos años anteriores.
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