viernes, 22 noviembre 2024
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Nueva ordenanza de Publicidad Exterior de Torrelodones

Nueva Ordenanza de Publicidad Exterior de TorrelodonesRegula desde los rótulos o carteles en las fachadas de los edificios y establecimientos comerciales, hasta el reparto de publicidad impresa. La nueva Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior para el Municipio de Torrelodones, que está sometida a «información pública» sustituirá la anterior de 2008, y regula todas las actuaciones privadas de «publicidad exterior» en suelo de titularidad pública o privada. La nueva normativa obligará a un importante número de establecimientos y asociaciones de Torrelodones a adaptarse a las nuevas regulaciones.

El B.O.C.M. del pasado 13 de agosto 2013 anuncia que el Pleno del Ayuntamiento de Torrelodones del 17 de julio 2013 aprobó inicialmente la ordenanza municipal de publicidad exterior, que conforme a la normativa se somete a «información pública» durante el plazo de 30 días.  «Durante dicho plazo podrán presentarse las reclamaciones y sugerencias que se estimaren. Esta aprobación se entenderá como definitiva en el caso de que durante el plazo de información pública no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia. El texto de esta ordenanza puede ser examinado en Secretaría General, plaza de la Constitución, número 2, así como en la página web del Ayuntamiento», indica el anuncio oficial. (Clic el siguiente enlace para leer la nueva Ordenanza y el anuncio en el Boletín en la web municipal).

Nueva Ordenanza de Publicidad Exterior de TorrelodonesLa ordenanza rige tanto la publicidad que utiliza «soportes fijos», como las de carácter efímero. Mientras las primeras requieren «licencias urbanísticas», las que no utilizan soportes fijos «quedan sujetas a la concesión previa de autorización administrativa».

La ordenanza regula los carteles o «rótulos de identificación» de los comercios, cuyas características dependerán de la zona en que se encuentren, tras haber dividido el municipio en cinco zonas a estos efectos.  Se regulan todos los carteles anunciadores «en los que se transmite la localización de los establecimientos o actividades». La norma incluso especifica cómo deben ser las cruces luminosas de las farmacias. «Las instalaciones publicitarias que a la entrada en vigor de esta Ordenanza cuenten con licencia municipal de carácter temporal podrán mantenerse, si se ajustan a las condiciones conforme a las cuales les fue concedida, hasta la finalización de su plazo de vigencia, sin posibilidad de prórroga», expresa la Ordenanza.

La nueva norma indica los casos en que «se autorizará el reparto de publicidad impresa», limitando la autorización a «cuando se realice por entidades de interés social, cultural y sin ánimo de lucro», o «cuando se efectúe a la entrada del local comercial, así como por Asociaciones de Comerciantes dentro de los límites territoriales de éstas». Este tipo de publicidad «será autorizable por la Concejalía competente».

Nueva Ordenanza de Publicidad Exterior de TorrelodonesLa publicidad sobre soportes situados en suelo de titularidad pública viene recogida en su Título III. «Toda publicidad que pretenda utilizar soportes situados o que vuelen sobre suelo de titularidad municipal, como las aceras públicas o espacios de dominio público, salvo las marquesinas, banderines, toldos y demás actuaciones expresamente reguladas en esta ordenanza, será objeto de licitación pública y quedará sometida a las condiciones que se establezcan en su contratación», indica la Ordenanza.

La norma también es muy abundante en cuanto a la publicidad en los edificios, como viene recogido en su Título IV. La publicidad en obras, viene recogida en el Título V, y el Titulo VI recoge los artículos correspondientes a la publicidad en solares o fincas sin uso en zonas residenciales.

El Título VII regula aquellos elementos que tienen por fin exclusivo, la señalización e identificación de establecimientos.

Al presentar la propuesta al Pleno, el Concejal de Comunicación expresó que aunque la anterior ordenanza es bastante reciente, y que ha cumplido con su función, es preciso modificarla por tres motivos: Para «adaptarla al marco de la nueva legislación que ha sufrido profundos cambios», para adecuarla a las nuevas modalidades de publicidad (especialmente publicidad luminosa, los nuevos soportes…),  y por «simplificar dentro de lo posible y siempre que la legislación lo permitiera, el régimen de autorizaciones, especialmente para las actuaciones publicitarias de carácter efímero que no utilizaran soportes físicos». Para su elaboración, se tuvieron en cuenta numerosas ordenanzas de otros pueblos o ciudades, expresó el Concejal. Comparando con la  Ordenanza de Publicidad Exterior del Ayuntamiento de Madrid, se reconocen a simple vista la cantidad de similitudes con su homóloga de Torrelodones.

La aprobación inicial de la Ordenanza en el Pleno fue por unanimidad, puesto que había sido consensuada en el Comité de Medios de Comunicación. El Grupo Municipal acTÚa, tras alabar el consenso con que se presentaba la propuesta, indicó que la estudiaría más a fondo y llegado el caso, se realizarían las alegaciones pertinentes durante el actual periodo de exposición pública.

 

 

 

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