martes, 5 noviembre 2024
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Subvenciones a clubes y deportistas de Torrelodones que compitan fuera de Madrid

Subvenciones a Clubes y Deportistas en TorrelodonesEl Ayuntamiento de Torrelodones ha hecho público el Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el 16 de octubre de 2012 relativo a la aprobación de las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones económicas a clubes deportivos y deportistas individuales que compitan fuera del ámbito de la CAM.

Para general conocimiento, ha hecho públicas las siguientes:

«BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES ECONÓMICAS A CLUBS DEPORTIVOS Y DEPORTISTAS INDIVIDUALES OUE COMPITAN FUERA DEL ÁMBITO DE LA CAM.

* Artículo 1: OBJETO Y FINALIDAD
Las presentes Bases tienen por objeto regular el régimen de concesión de ayudas del Ayuntamiento de Torrelodones destinadas a Clubs deportivos y deportistas individuales, radicados en este término Municipal, para financiar las siguientes   acciones:
– 1. Competición en el ámbito del Estado que exija viajar fuera de la CAM.
– 2. Competición Internacional a nivel Europeo.
– 3. Competición Internacional a nivel Mundial.

* Artículo 2: DESTINATARIOS Y REQUISITOS.
Se concederán subvenciones en dos ámbitos diferentes, el de clubs deportivos y el de particulares.
1°- Podrán concurrir a las subvenciones reguladas en la presente convocatoria las entidades deportivas que cumplan los siguientes requisitos:
1. Los Clubs radicados en Torrelodones que compitan durante el año 2012 en el ámbito señalado anteriormente y que cumplan los siguientes requisitos:
a. Estar constituidos legalmente
b. Estar inscritos en el registro de entidades
c. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, financieras y con la seguridad social, así como con el Ayuntamiento de Torrelodones.
d. No estar incursos en mora en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones de justificación de subvenciones.
2. Los deportistas individuales deberán cumplir los siguientes requisitos:
a. Estar empadronados en el Municipio de Torrelodones.
b. Haber competido oficialmente durante el año 2012 en cualquiera de los ámbitos establecidos.
c. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, financieras y con la seguridad social, así como con el Ayuntamiento de Torrelodones.

* Artículo 3: PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN Y CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN.
Las Ayudas constituyen subvenciones que se otorgan en régimen de concurrencia competitiva.
El presupuesto destinado a esta convocatoria será de 9.000 euros con cargo a la partida 3400.48000 del vigente Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Torrelodones para el ejercicio 2012.
La distribución de esta aportación económica a realizar por parte del Ayuntamiento de Torrelodones, se ajustará a los siguientes criterios:
Se establecen las siguientes cuantías para clubs
1. Categoría nacional que exija desplazamientos fuera de CAM para competiciones en ligas regulares:
La cantidad máxima a percibir por un club será la de 6.000,00 €. Se distribuirán a partes iguales entre todos los clubes que lo soliciten y cumplan las normas.
2. Se establecen las siguientes categorías y cuantías para deportistas individuales:
2.1 Categoría nacional que exija desplazamientos fuera de CAM: (20%=600€)
2.2 Categoría Internacional a nivel Europea: (35%=1.0S0€)
2.3 Categoría Internacional a nivel mundial. (45%=1.3S0€)
La cantidad máxima a percibir por un deportista individual será de 3.000,00 €. Se distribuirá, en cada una de las categorías, a partes iguales entre todos los deportistas que lo soliciten y cumplan las normas. Cuando una determinada categoría quede desierta acrecentará íntegramente a las otras del mismo ámbito distribuyendo su cuantía a partes iguales.
La obtención de cuantía en una convocatoria anual no generará derecho alguno para las siguientes convocatorias a ninguno de los solicitantes.
El Ayuntamiento podrá dejar desierta la totalidad de la cuantía de la subvención o parte de ella, dependiendo del contenido de las solicitudes o del cumplimiento de los requisitos.

* Artículo 4: SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
Los solicitantes que acudan a esta convocatoria de subvenciones deberán aportar, en el orden que se indica, la siguiente documentación:
a) Instancia de solicitud conforme al modelo que figura en el Anexo 1 de las presentes Bases.
b) Documento acreditativo, en su caso, de la representación de la persona firmante de la solicitud.
c) Entidad financiera y número de cuenta donde se ingresará el importe de la subvención.
d) Certificado de encontrarse al corriente de pago en las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Torrelodones.
e) Certificado por la Federación correspondiente de la competición en la que se haya participado.

* Artículo 5: PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. PLAZO Y FORMA.
Las solicitudes de subvención deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Torrelodones o en los lugares que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación será de 20 días a partir del día siguiente a la publicación de estas Bases en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Torrelodones.

* Artículo 6: COMISIÓN DE VALORACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE.
1. La concesión de las subvenciones contempladas en las presentes Bases se efectuará mediante Resolución de la señora Alcaldesa a propuesta de una Comisión de Valoración presidida por la señora Alcaldesa o Concejal en quien delegue y estará integrada por cuatro personas designadas por los grupos políticos del Ayuntamiento y el Jefe de Servicio Municipal de Deportes que actuará como Secretario de esta Comisión de Valoración.
2. El procedimiento para la concesión de las Subvenciones se atendrá a lo regulado en la Ley General de Subvenciones 38/2003 de 17 de noviembre.
3. El plazo para conceder la subvención será de un mes como máximo.

* Artículo 7: PLAZO Y FORMA DE JUSTIFICACIÓN.
La concesión de la subvención se entiende justificada con la presentación de los documentos expresados en estas bases, y se abonará en un solo pago, tras la Resolución de la Alcaldía, aprobando el mismo.
La concesión de las subvenciones reguladas en las presentes bases, son compatibles con otras ayudas públicas para la misma finalidad, no pudiendo la suma de todas las ayudas exceder, en ningún caso, del 100% del coste de la actividad subvencionada.
*  Artículo 8: VIGENCIA.

Las presentes bases tendrán bigencia durante el año 2012.»
Torrelodones, 17 de octubre de 2012
LA ALCALDESA,
Fdo.: Elena Biurrun Sainz de Rozas

 

DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente anuncio se ha expuesto al público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento el día 22 de octubre de 2012.
Certifico en Torrelodones a veintidós de octubre de dos mil doce.
El SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO,
Fdo.: Fernando A.Giner Briz

 

Para descargar el documento completo, clic aquí

Fuente: Ayuntamiento de Torrelodones

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