sábado, 21 diciembre 2024
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Galapagar convoca un Plan de Ayudas para autónomos y microempresas afectados por la crisis del COVID-19

La Concejalía de Comercio del Ayuntamiento de Galapagar busca proteger el tejido económico de Galapagar  con una subvención municipal que asciende a un total de 580.000 euros. Las ayudas son compatibles con otras otorgadas desde otras instituciones, y no exigen necesariamente la disminución del 75 % de la facturación. El Plan de Ayudas fue presentado hoy en una rueda de prensa telemática por el alcalde de Galapagar, Alberto Gómez Martín, en la que los aspectos técnicos fueron explicados por Santos Esteban, concejal de Comercio. Con el objetivo de paliar los efectos económicos producidos por la crisis  sanitaria del COVID-19, que provocó una disminución de la actividad económica y el cese de muchos comercios, la Concejalía de Comercio del Ayuntamiento de Galapagar  presentó hoy un plan de ayudas para autónomos y microempresas del municipio; que surge tras la aprobación de la concesión de ayudas económicas para los comercios, autónomos y microempresas en el Pleno extraordinario celebrado el día 19 de junio de 2020. La finalidad de esta convocatoria de ayudas es proteger y apoyar el tejido productivo de  Galapagar, intentando minimizar el impacto producido por las duras restricciones que se  produjeron durante el estado de alarma. Para que, de esta forma, puedan seguir  manteniendo su actividad y conseguir que se produzca, lo antes posible, una reactivación  económica y social en el municipio. La cuantía total de esta subvención asciende a 580.000 euros, de los que, en caso de  que no se agotasen, se podrá realizar una nueva convocatoria hasta la ejecución de la  totalidad de los créditos habilitados al efecto. Es importante destacar, que este dinero  proviene de una modificación presupuestaria aprobada en el mismo Pleno extraordinario del  19 de junio. El concejal agradeció a las distintas áreas de gobierno que dejaron aparcados proyectos para desviar fondos para ayudar al Comercio Local, así como a todos los grupos municipales que apoyaron apoyaron la modificación presupuestaria. Podrán tener la condición de beneficiarios de estas ayudas:  1. Las microempresas (según la definición del Anexo I del Reglamento de la Unión  Europea 651/2014), en concreto, el artículo 2 establece la definición de microempresa,  dentro de la categoría de PYMES, como empresa en la que trabajan menos de 10  personas y cuyo volumen de negocio no supera los 2 millones de euros. 2. Autónomos no societarios que hayan estado dados de alta en el RETA,  ininterrumpidamente durante los 6 meses anteriores a la fecha de presentación de la  solicitud, manteniéndose el alta en la fecha de pago de la subvención, y que no se hayan  acogido al cese de actividad. 3. Autónomos no administradores societarios que hayan estado dados de alta en el  RETA, de forma interrumpida, 9 de los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de  la solicitud, manteniéndose el alta en la fecha de pago de la subvención, y que no se  hayan acogido al cese de actividad. 4. Autónomos no societarios o microempresas que hayan visto reducida, al menos  en un 75% la facturación del mes de abril de 2020 respecto del mes de febrero de 2020,  o bien respecto del mes de abril de 2019. 5. Autónomos no administradores societarios y microempresas que estén  constituidas y funcionando desde, al menos, el 1 de enero de 2020 en el municipio de  Galapagar. Requisitos  Los solicitantes serán personas físicas y jurídicas, con o sin trabajadores a su cargo,  empadronadas en el municipio y/o cuya licencia de actividad haya sido otorgada por el  Ayuntamiento de Galapagar, en ambos casos con domicilio fiscal en el municipio de  Galapagar. Sólo podrá ser subvencionada una solicitud por empresa. En lo que respecta a estas  bases, si el solicitante es titular de varias actividades económicas que se han visto  afectadas por la declaración del estado de alarma, sólo se subvencionará una de ellas. Pago  El abono de las ayudas municipales se realizará en un pago único por la totalidad del  importe concedido, mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada en la solicitud,  una vez terminado el proceso descrito en el punto anterior. En cualquier caso, el abono  se tramitará exclusivamente en función del concepto solicitado. Evaluación  1. La Comisión de Evaluación estará integrada por los siguientes miembros: Presidencia: Alcalde de Galapagar – El personal Técnico de Comercio. – El personal Técnico de Desarrollo Local y Empleo. – La persona titular del Área de Intervención Municipal. – La persona titular del Área de Secretaría. Integrantes de la Comisión que participarán con voz, pero sin voto: – Concejales Delegados de Comercio, Desarrollo Local y Empleo, y de  Economía y Hacienda. – Los portavoces de los grupos políticos. Publicación Se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones dependiente del  Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Un extracto de la convocatoria se  publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Santos Esteban, concejal de Comercio, ha querido destacar que “no podemos olvidar que  los comercios, autónomos y microempresas, son generadores de empleo y riqueza en  Galapagar, ya que el comercio de proximidad tiene un gran impacto sobre la economía  del municipio y necesitan el apoyo del Ayuntamiento del Galapagar.”  Por su parte, el alcalde de Galapagar, Alberto Gómez Martín ha declarado que “el apoyo a las PYMES y a los autónomos es una prioridad del equipo de Gobierno que presido. El  pequeño comercio local y de proximidad es el que genera empleo de calidad y el que vertebra un municipio y una sociedad”.
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