Hasta el 4 de julio permanecerá abierto el plazo para solicitar las becas del Ayuntamiento de Torrelodones para comedor escolar; adquisición de libros de texto y material didáctico a las etapas de educación infantil, primaria y secundaria obligatoria; para la asistencia a Escuela Infantil Municipal y participación en actividades, talleres y servicios permanentes de titularidad municipal. Para distribuir entre todos los conceptos enumerados, existe una partida 176.000 euros en total.
Dichas becas distinguen cuatro finalidades diferentes:
- Para la asistencia al comedor escolar. Dotación inicial de 107.700 €.
- Para la adquisición de libros de texto y material didáctico, correspondiente a las etapas de educación infantil, primaria y secundaria obligatoria. No se contemplan becas para educación secundaria no obligatoria (bachillerato, formación profesional y otras) al considerar que existe anualmente una convocatoria de becas por parte del Ministerio de Educación. Dotación inicial de 31.300 €.
- Para la asistencia a la Escuela Infantil. Dotación inicial de 22.000 €.
- Para la participación en actividades, talleres y servicios permanentes de titularidad municipal. Dotación inicial de 15.000 €.
Desde el Ayuntamiento se informa que para optar a cualquiera de las ayudas es necesario cumplir con una serie de requisitos generales, que enumeran:
- Que la unidad familiar esté empadronada y tenga residencia efectiva en el municipio.
- No superar la renta per cápita establecida en las bases (7.455,14 € anuales) correspondiente al IPREM 14 pagas por cada miembro de la unidad familiar.
- No disfrutar de otra beca de ayuda o apoyo de similar o idéntica finalidad, bien sea en formato de ayuda directa o descuento, que provenga de fondos o entidades públicas o privadas y que sumado al importe de la beca que está solicitando supere los límites establecidos en el artículo 6.
- Presentar las solicitudes y documentación requeridas en las presentes bases en los plazos establecidos en la convocatoria, y según los procedimientos y formas establecidas en ella.
- No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No tener deudas en período ejecutivo con el Ayuntamiento.
Estos requisitos deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de solicitud y mantenerse a lo largo del curso para el que se solicita la beca.
Además, en función de las becas deberán cumplirse una serie de requisitos específicos.
Lugar y plazo de presentación
El plazo de solicitud de becas para el curso 2016-2017 será de treinta días naturales desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
En caso de que el plazo finalice en sábado, domingo o festivo, quedará prorrogado hasta el siguiente día hábil.
Las solicitudes deberán presentarse, debidamente cumplimentadas y con la documentación requerida, en:
- Registro General del Ayuntamiento de Torrelodones (plaza de la Constitución, nº 2, planta baja, de lunes a viernes, en horario de 8:00 a 14:30 h. hasta el día 15 de junio, y desde el día 16 de junio de 8:00 a 14:00 h.)
- Centro de Servicios Sociales (avenida de la Dehesa, nº 63, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 14:30 h. hasta el día 15 de junio, y desde el día 16 de junio de 8:00 a 14:00 h.)
- En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- También podrá presentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Torrelodones (https://sede.torrelodones.es), si se dispone de firma electrónica reconocida o si previamente los solicitantes se dan de alta en el servicio Pin24h.
En caso de no presentar toda la documentación o de existir errores subsanables en la solicitud, se concederá un plazo de diez días naturales desde el requerimiento para aportar cuanto falte o para subsanar los errores.
Si transcurridos esos diez días naturales no se ha recibido la documentación, la solicitud quedará excluida.
Esta comunicación se realizará exclusivamente por medios electrónicos o telemáticos, por ello deberá aportarse dirección de correo electrónico donde se realizarán las notificaciones.
La información que se brinda en este artículo ha sido recogida de fuentes oficiales, pero no está exenta de errores. Para tomar cualquier decisión, se debe consultar las bases y el anuncio en el sitio oficial correspondiente:
Para ver las bases clic aquí.
Para ver anuncio del BOCM clic aquí.