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Atropellan un ciervo en Torrelodones y se accidentan tres coches

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Ciervo atropellado en la carretera de Hoyo de ManzanaresNo hay víctimas humanas. Sobre las 7:30 horas de hoy 29 de abril 2014, en la carretera de Hoyo de Manzanares, pasados Los Robles y poco antes de llegar a la entrada al Canto del Pico, un vehículo conducido por una joven que venía en dirección Torrelodones, embistió un cérvido que cruzó la calzada. Tras atropellar al animal —que murió a causa del golpe—, la joven perdió el control del vehículo y colisionó al menos con otro turismo, aunque fueron tres los coches que se vieron involucrados en el accidente.

La conductora, cuyo coche quedó en el estado que se puede ver en la fotografía, ha sido hospitalizada «en observación».

El pasado 7 de abril, publicamos la nota titulada «El ciervo que espera el autobús en Torrelodones«, en relación a un ciervo (o gamo, según un lector) que se ha visto con frecuencia en la Carretera de El Pardo, también en Torrelodones.

 

Tres coche se accidentan tras atropellar un ciervo en la carretera de Hoyo de Manzanares¿De quién es la responsabilidad por daños a personas o bienes en un accidente por atropello cinegético?

Obviamente, no es del ciervo, pobrecillo. Lo hemos averiguado.

Puede decirse que la conductora del vehículo que atropelló el gamo hoy, ha tenido bastante «suerte» en lo que a responsabilidad se refiere, pues a partir del próximo 9 de mayo 2014, la responsabilidad por atropellos cinegéticos, con carácter general, será del conductor del vehículo. Actualmente sólo se responsabiliza al conductor cuando se le pueda imputar el incumplimiento de normas de circulación. El cambio en la Ley —al parecer en los países europeos es así— viene siendo reclamado desde hace años por los cazadores y los dueños de terrenos de caza.

Hasta ahora, la responsabilidad en accidentes de tráfico por atropellos de especies cinegéticas viene regulada por la Disposición adicional novena del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Vigente hasta el 09 de Mayo de 2014).

De acuerdo a la Disposición novena, vigente sólo por 10 días más, «en accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas será responsable el conductor del vehículo cuando se le pueda imputar incumplimiento de las normas de circulación» y «los daños personales y patrimoniales en estos siniestros, sólo serán exigibles a los titulares de aprovechamientos cinegéticos o, en su defecto, a los propietarios de los terrenos, cuando el accidente sea consecuencia directa de la acción de cazar o de una falta de diligencia en la conservación del terreno acotado». «También podrá ser responsable el titular de la vía pública en la que se produce el accidente como consecuencia de su responsabilidad en el estado de conservación de la misma y en su señalización».

Pero las cosas cambiarán el 9 de mayo cuando entre en vigor la le Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Fue publicada en el BOE del martes 8 de abril de 2014, para entrar en vigor en un mes a contar desde el siguiente a la publicación.

El nuevo texto dice: “En accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas en las vías públicas será responsable de los daños a personas o bienes el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales que irrumpan en aquéllas. No obstante, será responsable de los daños a personas o bienes el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el propietario del terreno, cuando el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido diez horas antes de aquél. También podrá ser responsable el titular de la vía pública en la que se produzca el accidente como consecuencia de no haber reparado la valla de cerramiento en plazo, en su caso, o por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los mismos”.

7 COMENTARIOS

  1. Q susto… Hubo unos atascos brutales esa mañana…
    En la 607 es muy común el cruce de animales, Tmb de jabalíes.. Conejos… Al respecto de la nueva ley, me parece fatal, no solo xq se centra en el «coste del animal» ( solo dinero y más dinero, nada de respeto y conservación de la vida o especie animal) sino xq sin incumplimiento de una ley de circulación… Hablamos de un accidente, imprevisto, inevitable ( entiendo )
    en fin… Q los afectados se recuperen pronto!!
    ( x cierto la foto del pobre animal ahí tieso creo q sobraba..)

  2. Mucho me temo que a 70Km/h no iba, como indica la vía. Puedo estar colándome, pero es raro ver a alguien por esa vía a esa velocidad. Por no hablar de la vía parque que une Hoyo con Colmenar, que obliga a circular a 60Km/h. Tienes que sr consciente de que por donde circular, cruzan animales que llevan ahí más tiempo que la calzada.

  3. La persona que tuvo la mala suerte de encontrarse con el ciervo y la desgracia de matarlo se encuentra en estado muy grave en la UCI

  4. En esa parte de la vía no hay que circular a 70 km/h… la señal está un poco más adelante. Es cierto que esa carretera es peligrosa por el paso de animales pero, por lo que yo he oído siempre, es porque la valla del Pardo no está bien cerrada y se escapan, ya que en esa zona no hay ciervos en libertad… Es una pena que haya muerto el animal, pero más importantes son las vidas de las personas que se vieron involucradas. Además, un golpe con un animal de esa envergadura es fortísimo, aunque lo atropelles a 60 kilómetros por hora.

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